Refracciones
#31 | Atención: Volver a estar presente
El objetivo del fondo será invertir sus recursos principalmente en instrumentos, contratos o certificados representativos de mutuos hipotecarios endosables habitacionales del artículo 69 número 7 del Decreto con Fuerza de Ley N°3, de 1997 (Ley General de Bancos); del Título V del Decreto con Fuerza de Ley Nº 251, de 1931 (Ley de Compañías de Seguros); y en mutuos hipotecarios endosables otorgados por entidades autorizadas por ley, todos los anteriores correspondientes a créditos hipotecarios complementarios a subsidios habitacionales promovidos u otorgados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU).